Ley Desahucio Express: Preguntas y respuestas

Casi diariamente recibimos en Abogados Propiedad Horizontal varias consultas, dudas y preguntas referentes a la ley desahucio express y su funcionamiento. La inestabilidad política en España ha generado un mayor desconocimiento incluso sobre los derechos y garantías de los ciudadanos en cuestiones hipotecarias y de vivienda (especialmente sobre ocupación ilegal). Vamos a repasar y dar respuesta jurídica profesional a alguna de ellas.

Si el propietario de una vivienda se ve en la situación de tener que enfrentarse a una reclamación de desalojo, es clave que se pueda desarrollar todo lo más rápido posible. En su cabeza sólo está el que pueda recuperar su vivienda o inmueble sin que se encalle judicialmente la situación. El desahucio express nace por tanto como mecanismo eficaz y moldeable para ello (plazo estimado para ejecutar el desalojo: 6 meses).

¿Qué características tiene este tipo de desahucio?

–  A través de dos figuras como con abogado y procurador se hace oficial la demanda judicial (firmas requeridas).

– Los ocupas del inmueble han de acreditar con documentación legítima las razones de su actividad en la vivienda.

– Fecha de lanzamiento a determinar por el juez tras la información recabada. Será una comisión judicial la que, cuando toque, hará efectivo el desalojamiento.

– No se puede interponer recurso contra la decisión del juez con el objetivo de posponer la fecha de lanzamiento.

 

¿Se recuperan las rentas las rentas impagadas?

La respuesta es sí. También otras cantidades adeudadas provenientes de otras responsabilidades ligadas a la vivienda, como serían suministros, comunidad, impuesto Bienes Inmuebles…).

¿A partir de cuántas mensualidades adeudadas se puede emprender la demanda?

Con un sólo impago, el ciudadano/a afectado/a está legitimado para proceder con el proceso de desahucio express.

 Soy arrendatario y me desahucian, ¿Qué derechos me amparan?

Por el hecho de que ser interpuesto una denuncia, no significa que verdaderamente hayamos cometido irregularidad alguna. El primer derecho como desahuciado es acreditar el pago de las rentas reclamadas y paralizar dicho desahucio.

Si, efectivamente, se ha dejado de abonar alguna mensualidad, antes de llegar a ningún pleito judicial, se puede obviamente solventar las deudas existentes y seguir viviendo en el inmueble bajo las condiciones del contrato vigentes.

Por último, ya no como un derecho sino como una consecuencia lógica de los impagos y la demanda interpuesta, esperar el lanzamiento cuando lo determine el juez.

¿Quién abona las costas del proceso judicial?

El arrendatario condenado. 

Cuando existe un impago de renta, ¿Qué pasa con los suministros y los contratos?

A pesar de que podemos pensar que estamos en todo nuestro derecho, no es posible. Tampoco cambiar la cerradura. La razón normativa es que podríamos estar incurriendo en un posible delito de coacciones.

Cuando llega el momento de ejecutar el desahucio y existe oposición del ocupa, ¿Qué podemos hacer?

La policía siempre estará presente en el momento del desalojo para velar por el cumplimiento de la sentencia. Además, también está garantizada la presencia del abogado, el procurado, la delegación judicial y un cerrajero.

 

Conclusiones

Como especialistas en desahucios y arrendamientos, cualquier procedimiento de desahucio rápido lo abordamos y representamos con la máxima diligencia y garantías de éxito.

Estamos a vuestra disposición vía online y presencial. Y para contactar, además de a través de la web, tenéis:

📞 93 762 69 99

📧 [email protected]

9 comentarios en «Ley Desahucio Express: Preguntas y respuestas»

  1. Hola, buenas noches, mi consulta es que el presidente y el secretario llevan más de 10 años sin convocar una reunión de vecinos, somos varios vecinos que queremos poner el ascensor, cada vez que se le pregunta, pocas veces porque parece que anda escondidas da largas y sale huyendo, que podemos hacer? Gracias, un saludo

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    • Buenos días Eva,

      Comentarte que una Comunidad de Propietarios está obligada a convocar junta de propietarios ordinaria una vez al año (como mínimo). Asimismo, en caso de no hacerse, los propios vecinos (25%) podrán forzar la celebración de la junta.

      Al objeto de poderte asesorar con mayor profundidad, te recomendamos contactar con nosotros a fin de formalizar una reunión presencial. Nuestro teléfono de contacto es el 93 762 69 99.

      Un saludo.

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    • Buenas tardes a que organismo debo dirigirme para poner una denuncia de un portal que no está apto para vivir …de los cuales los ciudadanos que allí habítan pueden correr algún peligro

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  2. Buenas tardes,
    la comunidad en la puerta de entrada que es de madera y mide 6 metros de alto a puesto un mulle , mi mamá tiene 84 años y no tiene suficiente fuerza para abrir la puerta y no puede ni salir ni entrar en el edificio,
    La comunidad se niega a ponerlo más flojo para que ella pueda abrir¿ es legal?
    Gracias

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  3. Buenas tardes,
    la comunidad en la puerta de entrada que es de madera y mide 6 metros de alto a puesto un mulle , mi mamá tiene 84 años y no tiene suficiente fuerza para abrir la puerta y no puede ni salir ni entrar en el edificio,
    La comunidad se niega a ponerlo más flojo para que ella pueda abrir¿ es legal?
    Gracias

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    • Buenos días Montse,

      Atendiendo a su consulta planteada, comentarte que lo más recomendable es interponer un procedimiento de mediación al objeto de intentar alcanzar un acuerdo con la comunidad.

      Un saludo.

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  4. Hola, quisiera asesoramiento sobre un tema de la comunidad, el piso estuvo alquilado 3 años y con el inquilino acorde q los pagos de la comunidad serian pagados por el ya que el precio del alquiler era bastante bajo. En resumen estuvo sin pagarlo 3 años y yo estuve sin saberlo hasta que me embargaron la cuenta. La comunidad decidió denunciarme sin antes llamarme o incluso sin recibir algún burofax de su parte, las mayoría de los propietarios tiene mi número y no recibí ni una advertencia antes,no me dejan participar en las reuniones y los administradores que llevan la comunidad no quieren darme un número de cuenta de la comunidad ya que me negué a pagarle sus honorarios que son una barbaridad ya que no debo ni 2000 de comunidad y a los abogados se le debe 5000 según ellos. De verdad necesito ayuda en este tema xq me parece que esto se es un abuso, por cierto tampoco otros propietarios quieren darme el número de la comunidad tengo una conversación por wpp donde me dicen que no quieren meterse en problemas. La verdad no entiendo nada.

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    • Buenos días Deborah,

      Viendo lo que nos comentas, sería necesario disponer del documento donde se recoge que es el inquilino quién está obligado a hacer frente a las cuotas comunitarias. De existir, podríamos reclamárselas.

      Un saludo.

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