Preguntas que te harás sobre cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios

Las principales discrepancias que surgen en una comunidad de vecinos provienen de las Juntas y de los asuntos que en ellas se tratan. La mayoría, de índole económico, el más sensible de todos los temas que debe además lograr el consenso de la amplia mayoría de propietarios, lo cual no es nada fácil. Por ello, mucha gente se pregunta cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios cuando consideran que se están vulnerando sus derechos o que la situación de gobierno en la finca es negligente por la razón que sea.

Ante esta recurrente preocupación producto de procedimientos poco transparentes y/o profesionales, queremos desde Abogados Propiedad Horizontal responder las principales preguntas que los propietarios se hacen en relación al proceso de cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios.

Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios

La respuesta a esta pregunta la obtendremos de hacernos otras concretas que nos dictaminarán las directrices necesarias para acometer dicha acción.

Qué entendemos por un acuerdo comunitario

La conformidad oficial (votación) en Junta de vecinos de la mayoría de propietarios/as de una comunidad en torno a un asunto ordinario o extraordinario que conste en el orden del día a tratar.

¿En qué casos se puede impugnar un acuerdo comunitario ante la Justicia?

Principalmente, son dos los casos en los que estaremos como propietarios/as habilitados para ello:

  • El acuerdo alcanzado es contario a la ley, a los estatutos comunitarios o supone un abuso de poder procedente de una de las partes.
  • Las consecuencias del acuerdo suponen un palmario perjuicio para la comunidad como ente indisoluble, o para alguno de los propietarios/as.

¿Cuál es el plazo legal para notificar un acta comunitaria?

Es obligatorio enviar el acta a todos los propietarios/as de la finca dentro del plazo de diez días a contar desde el día después de la reunión de la Junta.

¿Una única persona puede impugnar un acuerdo, o son necesarios más apoyos?

Cualquier vecino/a de la comunidad está legitimado/a, a título particular, para interponer una impugnación respecto de un acuerdo comunitario adoptado en el seno de la comunidad de propietarios.

Estará legitimado/a para la impugnación de un acuerdo aquellos propietarios/as que hubieran votado en contra, los ausentes que se hubieran opuesto y los que hubieran sido privados/as ilegítimamente del derecho a voto. Además, se exige que quienes ejercitaran la acción de impugnación deberán estar al corriente de pago respecto de las deudas con la comunidad que estuvieran vencidas en el momento de la adopción del acuerdo que se deseara impugnar.

¿Cuánto tiempo de margen existe para impugnar un acuerdo?

Será necesario tener en cuenta que la acción de impugnación de los acuerdos caduca:

  • En el plazo de un año (cuando fueran contrarios a las leyes, al título de constitución o a los estatutos o si, dadas las circunstancias, implicaran un abuso de derecho)
  • En el plazo de tres meses en el supuesto en que fueran contrarios a los intereses de la comunidad o fueran gravemente perjudiciales para uno de los propietarios/as.

Estos aspectos que vienen expresamente recogidos en el artículo 553-31 de la Ley 5/2015, de 13 de mayo, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

¿De qué requisitos debe constar un acta comunitaria?

  • Firma del secretario y del presidente de la finca
  • Orden del día
  • Listado de asistentes (propietarios/as o representantes)
  • Resultado de las votaciones respecto de las decisiones adoptadas
  • Fecha y lugar de la celebración de la Junta

Desde que se impugna un acuerdo judicialmente, ¿Cuánto tiempo pasa hasta que haya una resolución?

Los tiempos procesales respecto de cualquier reclamación judicial instada frente a los Juzgados varían atendiendo a varios factores (juzgado el cual conocerá el asunto, saturación del propio juzgado respecto de asuntos anteriores en trámite, eventuales bajas del funcionariado, etc.). La complejidad del asunto no interfiere en la premura que pueda darse el Juez conocedor del asunto para la tramitación del procedimiento.

A nivel económico, ¿Le costaría mucho dinero a un usuario/a emprender un procedimiento de impugnación?

En cuanto a los honorarios profesionales del letrado/a, oscilarán atendiendo la complejidad del asunto.

En el proceso de cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios, ¿Es obligatorio la contratación de un abogado/a?

Para poder interponer una demanda judicial de impugnación de acuerdo, se exige asistir e ir acompañado de abogado y procurador. Ello por encontrarnos ante acciones que deben tramitarse por la vía del procedimiento de juicio ordinario.

Conclusiones

Cómo impugnar un acuerdo de comunidad de propietarios es una de las cuestiones y dudas que más recibimos en el despacho a lo largo del año por parte de clientes y usuarios/as. Para tranquilidad de todos/as, hemos de decir que no es un procedimiento complejo ni embarullado jurídicamente, por lo que es posible llevar a cabo la impugnación en pocos pasos.

La mayoría de preguntas capitales las hemos recogido en este post, pero si tenéis cualquier otra, podéis contactar con el bufete aquí o enviando a través de las siguientes vías:

📞 93 762 69 99

📧 [email protected]

2 comentarios en «Preguntas que te harás sobre cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios»

  1. Tengo un local en Madrid y quiero hacer un cambio de actividad. Hacer vivienda.
    No hay comunidad de propietarios está en trámite.
    El 50% de los vecinos son familiares con muy mala relación.
    Mi temor es que me boicoten mí proyecto solo por hacerme daño.
    Como puedo actuar?

    Responder
    • Buenos días Fernando,

      Tienes absoluta libertad para proceder al cambio de actividad. Puedes proceder mediante los oportunos trámites administrativos.

      Un saludo.

      Responder

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