Responsabilidad del Administrador de Fincas

Abogados especialistas en Propiedad Horizontal y Responsabilidad Civil

Si usted es un administrador de fincas en Barcelona o en cualquier otro territorio, debe saber que a todo empresario y profesional le es exigible el cumplimiento del servicio contratado con la debida diligencia profesional que esperaría de cualquier otro servicio a terceros requerido. Esta misma diligencia profesional supone el cumplimiento del servicio contratado.

Principales funciones asignadas al Administrador de Fincas

  • Adoptar las medidas convenientes y hacer los actos necesarios para conservar los bienes y el funcionamiento correcto de los servicios de la comunidad.
  • Velar por que los propietarios cumplan las obligaciones.
  • Preparar las cuentas anuales del ejercicio precedente y el presupuesto.
  • Ejecutar los acuerdos de la junta de propietarios y efectuar los cobros y pagos que correspondan.
  • Decidir la ejecución de las obras de conservación y reparación de carácter urgente, de todo lo cual debe dar cuenta inmediatamente a la presidencia.
  • Pagar, con autorización de la presidencia, los gastos de carácter urgente que pueden correr a cargo del fondo de reserva.

Diligencia debida en el cumplimiento del cargo

Si el servicio prestado es deficiente, y se causa un perjuicio o daño a la comunidad de propietarios, entonces nace para la comunidad el derecho a reclamar al profesional (Administrador) que le indemnice por el mal causado.

Responsabilidad por la negligencia del servicio

Responsabilidad civil. La relación jurídica que vincula al administrador con la comunidad de propietarios es de mandato, por lo que constituirán deberes esenciales el de llevar a cabo la gestión encomendada. Además, será causa de responsabilidad el incumplimiento de los deberes de gestión, o la realización de actos de manera distinta a la encomendada, o diferente a la que razonablemente cabría esperar. El ejercicio de la acción de responsabilidad civil contra el administrador de la comunidad tiene un plazo de prescripción de 15 años.

Las responsabilidades atribuibles al Administrador de Fincas

La administración desleal, se produce cuando el administrador perjudica patrimonialmente a la comunidad de propietarios, distrayendo el dinero cuya disposición tiene a su alcance.

Responsabilidad civil subsidiaria si el ejercicio del delito (administración desleal) se ejerce por una sociedad de administración de fincas.

Responsabilidad civil y penal para aquellas personas o entidades que gestionen las comunidades de propietarios sin la cualificación requerida por ley. Todo administrador de fincas se encuentra obligado a pertenecer al colegio profesional de administradores de fincas.

Supuesto en que un administrador de fincas se aproveche de su condición para desviar a fines propios fondos comunales, simulando actas de aprobación de cuentas con partidas que no se corresponden con el patrimonio fiel de la comunidad.

En las actuaciones de los profesionales de los administradores de fincas, pueden darse circunstancias en las que concurran imprudencias que sean determinantes de muerte o lesiones de comuneros por omisiones que conlleven estos resultados.

Para la apreciación de este ilícito penal en un administrador de fincas, debe valorarse si esa infracción que comete es una imprudencia grave o menor grave, y el resultado que produjo.

Responsabilidad penal

  • Fraude. Cuando el Administrador ha hecho un uso indebido de los fondos de la comunidad de propietarios.
  • Cuando la finca, por una deficiente conservación, sufre un desprendimiento que produce daños a viandantes.
  • Calumnias e injurias.

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