¿Cuál es la normativa barbacoas en Catalunya?

Hacer una barbacoa en casa no es tan fácil como parece. ¿Cuál es la normativa barbacoas en Catalunya? No difiere excesivamente de la del resto de CC.AA en España, aunque hay que tener en cuenta las ordenanzas municipales para conocer, sin miedo a equivocarnos, qué está permitido y qué no. Y por supuesto, los estatutos comunitarios. Clave en el comportamiento de los vecinos.

Nos llueven dudas de clientes y usuarios sobre si se puede hacer barbacoa en una finca privada o sobre si existe una específica normativa barbacoas en bajos o chalets por ejemplo. No hay una legislación específica sobre el asunto hemos de decir. Sin embargo, serán los estatutos de cada comunidad de propietarios los que deben recoger los derechos de todos los vecinos, desde la posibilidad de hacer una barbacoa en una parcela común habilitada, hasta la regulación de sus consecuencias al resto de propietarios o arrendatarios. Un equilibrio entre derechos y el respeto por los demás. Unas normas que engloben a todos.

Vamos a especificar más sobre la normativa exacta en Catalunya a la hora de hacer barbacoas en nuestra vivienda o comunidad.

¿Se pueden hacer barbacoas?

Como es lógico, la gente teme ser sancionada si no acata la normativa vigente municipal o la que se especifique en los estatutos comunitarios. Evitar multar por hacer barbacoas en terrazas, ya sean privadas o ubicadas en zonas comunes, es el mayor temor que nos transmiten cuando acuden a nuestro bufete de abogados en Barcelona.

La reglamentación vigente municipal especifica los casos singulares que pueda albergar sobre si se pueden hacer barbacoas en las comunidades de propietarios.

Normativa según inmueble: comunidades, chalets, bajos… 

Otra de las consultas recurrentes que como abogados inmobiliarios recibimos es la duda sobre si las leyes cambian dependiendo del tipo de vivienda en el que se haga la barbacoa. La normativa sobre barbacoas en casas, bajos o chalets por poner algunos ejemplos es la misma para todos los casos. Depende en gran medida de los estatutos vecinales, y en caso de parcelas como chalets, si no existiera comunidad, de lo establecido por el municipio.

Barbacoas en Catalunya: entre las ordenanzas municipales y estatutos comunitarios

Encontrar lugares ya configurados para hacer barbacoas en las comunidades de propietarios en Catalunya no suele ser lo habitual. Si fuese una actividad que muchos vecinos/as considerasen importante para su desarrollo familiar y de ocio, cabría la posibilidad de debatirlo en Junta y votar a favor de la instauración de un lugar específico en la comunidad.

Ello vendría ligado a unas normas generales aprobadas por todos/as donde se especificaría el funcionamiento y horarios de uso. Pero lo que comentamos, no es lo más habitual. Por el contrario, el uso de barbacoas portátiles está mucho más extendido. Eléctricas o de gas. También con una normativa sobre este tipo de barbacoas bien definida.

Generalmente, el funcionamiento interno de una comunidad de propietarios ya viene condicionado por la normativa vigente en cada ciudad, localidad de España. Teniendo en cuenta esto, son los estatutos de cada comunidad de propietarios los que prevalecen y marcan las pautas de comportamiento de los vecinos/as.

Zonas comunes

Al hilo de esto, las ordenanzas municipales no suelen prohibir el uso de barbacoas portátiles en Catalunya si no se emplean de forma continuada, y no se demuestra que causen perjuicio y molestias a los vecinos.

Si alguien intentase llevar tal situación a los juzgados, por considerar la acción de hacer una barbacoa en zonas comunes molesta y contraproducente en términos de convivencia vecinal, tendría pocas posibilidades de prosperar. Otra cosa sería que un particular habilitase de obra una zona para barbacoas sin el permiso y la aprobación del resto de inquilinos. Entonces sí que sería ir en contra de la modificación de elementos comunes (artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal).

En la mayoría de disputas judiciales que hemos tenido en Abogados Propiedad Horizontal relacionadas con la normativa de barbacoas en Catalunya y a su uso reiterado, siempre los tribunales se han posicionado en favor del demandado. Cuando la acción es esporádica (aquí radica la controversia principal, qué se considera esporádico y qué recurrente), la inclinación de las autoridades es que se debe tolerar como acción de ocio de otro propietario/a de la comunidad.

Estatutos: renglón específico para las barbacoas en Catalunya

Sólo en el caso de que los estatutos de la comunidad citen expresamente el uso de barbacoas portátiles y lo prohíban, cualquier vecino del complejo podrá utilizarlas en las zonas comunes..

En las terrazas privadas de las viviendas, tampoco suele haber cláusula específica en los estatutos al respecto de una prohibición general. Si se genera polémica entre vecinos por el uso continuado de barbacoas en dichos lugares, se pueden consensuar unas normas internas que incluir en los estatutos que deberían ser aprobadas por mayoría.

También hay que tener en cuenta las ordenanzas municipales, ya que algunas pueden prohibir el uso de barbacoas en terrazas por motivos generalmente de prevención de incendios, aunque sí que se suelen admitir las barbacoas eléctricas y las de gas.

Conclusiones

La normativa barbacoas en Catalunya es la misma que en otros rincones del país. Es una consulta generalizada de los usuarios, que diferencian y segmentan por su lugar de residencia, con mucha lógica. Pero en este caso, hay que mirar casi exclusivamente a los propios estatutos comunitarios. Ahí encontraréis el consenso vecinal que se aprobó respecto a las barbacoas en zonas comunes y otros muchos aspectos del día a día de una comunidad de propietarios.

Si creéis que se vulneran vuestros derechos en este u otro sentido en vuestra comunidad, estamos a vuestro servicio. Primer asesoramiento online gratuito.

62 comentarios en «¿Cuál es la normativa barbacoas en Catalunya?»

  1. Buenos días. Mi consulta está relacionada con el uso de barbacoas en terrazas comunitarias privativas. Está permitido el uso de las mismas con leña? Tenemos 2 vecinos que hacen uso de barbacoas con leña y retales de madera procedentes de palés y demás. Consideramos que a parte de causar humaredas insoportables, pueden provocar incendios. Hay algúna norma que lo prohiba?.
    Ruego me aclaren el tema.Ssaludos cordiales

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    • Buenos días,
      Primero, disculparnos por la demora en la respuesta. Hemos tenido una reestructuración del equipo durante estas semanas de verano y no hemos podido atender a vuestras preguntas en la web como solemos hacer.
      En atención a la consulta legal planteada indicarle que el uso de la leña no se encuentra prohibido ni limitado por la normativa sectorial. No obstante, sí que se exige un uso cívico de las instalaciones tanto de carácter privado como comunitario.
      Un saludo.

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  2. Buenos días,
    Nos acabamos de comprar unos bajos con terraza sobre plano y queremos instalar una barbacoa, pero la promotora nos comenta que tenemos que hacer un proyecto para instalar una barbacoa con chimenea que sobresalga 3m sobre el tejado del edificio de 3 plantas. ¿Estamos obligados a hacerlo así? ¿Dependemos de lo que digan los vecinos en los estatutos?
    Gracias

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    • Buenas tardes,

      A los efectos de poder saber si están habilitados para la instalación de una barbacoa, os recomendamos que contactéis con un arquitecto técnico, quién verificará si en adecuación al Código Técnico y Ordenanza Municipal puede llevarse a cabo dicha instalación.

      Saludos.

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  3. Buenos días,
    Vivo en una vivienda unifamiliar y la vivienda contigua, también unifamiliar tiene una barbacoa instalada a una altura superior (su patio está en lo que sería mi primera planta), pegada a la pared medianera.

    Por lo que tengo entendido, el Codigo Civil lo prohibe expresamente.

    Puedo exigir que la quite de la pared que compartimos?

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    • Buenas tardes,

      Nuestro bufete está especializado en el Código Civil catalán, al ser un despacho con todas nuestras sedes en Cataluña. En materia de Propiedad Horizontal, en la comunidad se aplica el Libro Quinto del Código Civil Catalán. Atendiendo a la consulta que nos planteas, necesitaríamos poder acceder a los estatutos comunitarios para poder revisar la regulación de su comunidad en torno al uso de barbacoas.

      Un saludo.

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  4. Buenos días, vivimos en Catalunya.
    No entiendo muy bien la resolución de los jueces en cuanto dicen que se tiene que tolerar como acción de ocio de vecino.
    Si mi ocio fuera tirarle huevos al jardín del vecino, seguramente ya me habrían sancionado económicamente estos mismos jueces. Y viene siendo el mismo caso.
    El humo molesta, y mucho, a parte de ser tóxico. Hay que tener en cuenta que hay domingos con cinco barbacoas encendidas de diferentes vecinos. Claro, son esporádicas, perfecto para ellos y el juez, pero los vecinos que no podemos tender la ropa ni salir con nuestros hijos fuera somos los que siempre salimos perjudicados.
    Cómo he podido entender, ¿En el ayuntamiento tiene que haber una regulación sobre este tema no?
    Muchas gracias

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    • Buenos días,

      La resolución de un juez tiene en cuenta cualquier normativa sectorial relativo al asunto en cuestión. En efecto el uso y disfrute de barbacoas está permitido en el seno de la Comunidad.

      En cuando a la regulación municipal cada municipio tiene su propia ordenanza municipal encargada de regular la convivencia municipal.

      Un saludo.

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  5. Buenos días,
    Desde hace dos años vivo en un bajos donde instale una barbacoa , consulte los estatutos de la comunidad antes de comprarla , no se hacia ninguna mención ni había norma sobre ellas en los estatutos.
    En 18 meses la he utilizado 4 veces , sin embargo un vecino a promovido una reunión para su regulación. cuando otros vecinos también las tienen.
    Pueden llegar a prohibirlas, ? ¿ En caso de votación ha de ser por uniminidad ?
    Os agradecería una pronta respuesta.
    Muchas gracias

    Un saludo

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    • Buenas tardes Montse,

      Atendiendo a la duda que nos planteas, te decimos que las barbacoas no están prohibidas ni pueden prohibirse por la comunidad de propietarios. No se incardinan dentro del concepto de actividades molestosas, ruidosas, insalubres y/o nocivas. Por ello, puedes seguir disfrutando de la barbacoa sin restricción alguna.

      Saludos.

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  6. Buenos días, he comprado una barbacoa mini para usar en mi terraza normalmente pero mi consulta es si la puedo usar en la playa o en montaña en Cataluña y si es así si hay meses concretos de uso o donde puedo consultarlo? Solo en zonas de merenderos y barbacoas o al ser mini las restricciones son diferentes?

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    • Buenos días Mirria,

      El uso de la barbacoa fuera de una comunidad de propietarios ya es competencia del Ayto. de la localidad donde vayas a querer emplearla. Te recomendamos que te pongas en contacto con tal Ayto. para averiguar cuál es su normativa al respecto del uso de barbacoas.

      Un saludo.

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  7. Hola Buenos días
    Acabo de comprar un piso en Barcelona y tenemos una Barbacoa a gaz.
    Quería saber si la comunidad puede prohibirme su uso en mi terraza privada ?
    Muchas gracias

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    • Buenos días David,

      Te comentamos que el uso de la barbacoa no se incardina dentro de una actividad molesta, nociva e insalubre. Por consiguiente, tiene plena legitimación para hacer uso de la misma.

      Un saludo.

      Responder
  8. Hola, vivo en Barcelona y acabo de mudarme a un primer piso con una terraza bastante grande. Y tengo un asador de carbón que uso con carbón de coco que es el que menos humo hace. El primer día que he hecho el asado la vecina del edificio de al lado me ha amenazado de mandarme la policía. He hablado con la administración y me han dicho que no tenemos un estatuto , entonces mi pregunta es: puedo hacer barbacoas en mi terraza del primer piso o está prohibido por ley con riesgo que me hagan multa?
    Muchas gracias

    Responder
    • Buenos días Marco,

      No te preocupes porque efectivamente tienes total derecho y legitimación para hacer uso de la barbacoa en tu terraza. Ello, independientemente de que existieran estatutos comunitarios que restringieran este tipo de actividades. A no ser una actividad nociva o insalubre, no puede prohibirse.

      Un saludo.

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  9. Buenos días,
    ¿Es necesario licencia de obra o permiso a la comunidad si ya has adquirido un piso con barbacoa de obra y quieres renovarla? Es en Cataluña.
    Gracias y un saludo

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    • Buenos días Raúl,

      Todo dependerá de aquello que prevea los estatutos comunitarios de la comunidad de propietarios. Es este documento el que regula la posibilidad de llevar a cabo esta tipología de obras.

      Un saludo.

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  10. Buenos días. Vivimos en la 4ta planta de una fica de 12 plantas, es decir con vecinos abajo y arriba nuestro.
    Tenemos un balcón, que da a la calle. ¿es posible utilizar una barbacoa a gas o existe una normativa municipal que lo prohiba?
    En los estatutos comunitarios de la finca no dice nada al respecto, por ello mi consulta es sobre la normativa municipal si pueden multarme o no por usar una barbacoa portátil a GAS en mi balcón.
    Un saludo y gracias.

    Responder
      • Buenas tardes:

        Este sábado, hicimos una BBQ en nuestro jardin (vivimos en un bajo) y nos llamó el administrador diciendo que unos vecinos le habían llamado amenazando con llamar a la policia, si no nos avisaba inmediatamente para que pararamos. Nos hemos mirado los estatutos de la comunidad y prohibe el uso de Bbq.¿ Debemos parar de hacerlas? ¿ Nos pueden multar por ello?

        Responder
        • Buenos días Luisa,

          Necesitaríamos poder revisar el contenido de los estatutos comunitarios para poder asesorarte con concreción. A este objeto, te facilitamos el teléfono de contacto del despacho (93 762 69 99) para poder contactar y formalizar una reunión presencial.

          Un saludo.

          Responder
  11. Buenas tardes,

    Me acabo de comprar un bajo con amplia terraza comunitaria pero de uso privativo exclusivo. Pregunté al poco de comprar el piso si podía instalar una barbacoa de gas portable, y estos me dijeron que no era ningún problema. La terraza son aproximadamente 5 x 12 metros, por lo que puedo limitar notablemente los humos, tanto por distancia como por ser la barbacoa con tapa.

    Esta semana nos ha llamado el administrador comentándome que un vecino nos ha oído comentar el tema de la compra de la barbacoa por el patio interno, y se ha quejado de forma preventiva. En este caso, dado que la comunidad no tiene estatutos al respecto, ¿puedo comprarme la barbacoa o debo esperar a conectarlo en la próxima junta como punto del día? Según lo comentarios que acabo de leer en este post, no debería de tener ningún problema si no hay nada explicito en los estatutos y tenemos sentido común al hacer uso de la misma. Es más, debería comprarla cuanto antes y hacer una barbacoa para que no me lo pueda prohibir alegando que la tenía antes de que se comentara en Junta de Vecinos.
    No quiero enemistarme con mis nuevos vecinos, pero tampoco quiero que se limiten mis derechos, y peor, perder la inversión que cuesta una barbacoa de gas de alta gama.

    Muchas gracias !!

    Responder
    • Hola Pau,

      Puedes perfectamente instalar la barbacoa siempre y cuando no fuere de obra fija. No obstante, y al objeto de evitar conflictos vecinales, te recomendamos plantearlo previamente en junta.

      Un saludo.

      Responder
      • Yo estoy con el mismo problema, con la diferencia que mi posición con la Comunidad, pese a que llevo años en ella, ha cambiado en los últimos meses. Solo para dar contexto, tenemos que hacer unas reformas que requiera andamio, y la Junta ha decidido que el montaje y la ejecución de la misma se haga siempre por el acceso de los vecinos que estamos en los bajos.

        Como ahora mismo mi posición es hostil para alguno de los vecinos, y aunque nadie me ha dicho que no pueda tener barbacoa (también estaba mirando una de gas), no me parece mala idea comprar la barbacoa cuanto antes, y asÍ siempre se puede demostrar que en los estatutos no se prohibía, y que la prohibición ha sido posterior.
        Mi temor es que si me espero, se convoque una Junta para votar en contra de barbacoas en el edificio, por lo que tendré una posición más débil en caso de conflicto.

        Gracias a los participantes de este for, me ha ayudado mucho a entender los derechos que tenemos.

        Responder
        • Buenos días Umel,

          Lo más recomendable es que pudiésemos revisar los estatutos comunitarios al objeto de verificar su contenido. No obstante, a priori, tienes todo el derecho de instalar una barbacoa siempre y cuando no fuere de obra.

          Un saludo.

          Responder
  12. Buenos dias,
    quizas llego un poco tarde a comentar este post, a ver si me podeis ayudar.

    Hace 3 dias he comprado un piso con mi pareja, con 50m2 de terraza y con una barbacoa de obra ya instalada (de hecho, eramos vecinos de la finca y al ver que quedó libre el piso, nos interesó mucho el hecho de poder hacer barbacoas). Al tener las llaves del piso, decidimos aprovechar para hacer el primer uso de la barbacoa, nada muy escandaloso, solo para nosotros dos.
    Hoy ya nos ha llegado la primera queja de los vecinos de parte del administrador, donde da a entender que hay un reglamento interno (que aun no nos han entregado) que prohibe hacerlas.
    El piso es un bajo y la terraza es interior, colindante con 3 terrazas interiores mas. Si que da a varios balcones y ventanas.

    Me podriais confirmar si estamos en nuestro derecho de hacer uso de la barbacoa o en caso de que en el reglamento interno este especificamente prohibido, no tendriamos opcion de utilizarla?

    Muchas gracias,

    Responder
    • Buenas tardes Ángel,

      Atendiendo a la consulta, decirte que primero de todo deberíamos tener acceso al reglamento interno para su estudio. Una vez dispongamos del documento, podremos ver en qué situación nos encontramos.

      Un saludo.

      Responder
  13. Buenos días,

    Hace 2 meses hemos comprado un piso con terraza, la cuestión es que la gestora y la presidenta están insistiendo en que la terraza que esta situada en el terrado comunitario, no es de uso y disfrute privativo, es de uso común dicen..

    En la escritura sale reflejado : Tiene una superficie construida de cincuenta y seis metros setenta y siete decímetros cuadrados, y el uso y disfrute exclusivo de una terraza descubierta de nueve metros cuadrado. Entonces mi duda es si aparece así reflejado en la escritura la gestora dice que tiene que especificar su localización exacta, pero no siempre se especifica esto en las escrituras no?

    Claro la terraza esta en el terrado comunitario que es como un circulo, claro si al final vemos que es de uso privativo pues la delimitaremos con vallas de mimbre o esas de vallas de madera, por que cuando compramos el piso las vallas de mimbre y el césped artificial que había del anterior propietario la presidenta las saco sin permiso y sin avisar… yo creo que nos tiene envidia o al ver que somos extranjeros piensa que vamos a armar mucho lio, y nada que ver nosotros somos muy civilizados y no queremos ningún problema con los vecinos

    También queremos hacer barbacoas 2 o 3 veces al mes y reuniones familiares etc, que supongo que no habría problema, aunque haya ropa tendida arriba de los vecinos al mismo nivel que la terraza, si sabemos redirigir el humo no tendríamos que tener problemas no? Entiendo que es completamente legal supongo y los vecinos no puede prohibirlo en junta no?

    La cuestión es que la gestora esta tardando mucho en darnos una respuesta, nos dijo que nos mandaría una copia del acta de la comunidad y también le pedí la escritura de propiedad horizontal.. el viernes me dan ese papel por que esta tardando mucho ella, no se si hay alguna triquiñuela que pueda hacer la gestora de la finca para quitarme ilegalmente la terraza, modificando documentos o algo así no se si eso es posible, por que eso quiero cuanto antes resolver el conflicto…

    Claro nosotros compramos el piso por la terraza mas que nada, entonces si al final no me pertenece habría posibilidad de recuperar una parte de lo invertido? Por que al comprar un piso con una terraza pues en teoría sube el precio yo creo y si le quitas esa terraza pues tendría que ser mas barato claro..

    Responder
    • Buenos días Silverio,

      Primero de todo, necesitaremos tener acceso y revisar los estatutos comunitarios y el título constitutivo. Normalmente son documentos que especifican los usos de los elementos comunitarios y sus asignaciones. Asimismo, en dichos documentos también se prevé el uso de los mismos.

      Un saludo.

      Responder
  14. Hola!

    Tengo una barbacoa de mesa, sin humo. Pone que se puede usar en interior en terraza. Entiendo que en mi balcon la puedo usar, pero La podría llevar a cualquier parque?

    soy de Barcelona.

    Responder
    • Buenos días Adri,

      A no ser que la normativa comunitaria diga lo contrario, no tienes problema de usarla en tu balcón. En los parques, dependerá de la normativa municipal de Barcelona.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola, quisiera consultar, vivo en un ático en Barcelona con terraza privada propia del piso y tenemos una barbacoa con leña/fuego, la usamos dos días a la semana y desde la administración del edificio nos dicen que tenemos que retirarla cuanto antes sino nos denunciarán. Quería saber si ellos pueden hacer eso o no? Y como es realmente y legalmente en este caso. Gracias!

        Responder
        • Buenos días Luciana,

          Decirte que sería muy relevante conocer de qué tipología de instalación estamos hablando. Dependerá de la tipología para poder darte una respuesta motivada. Si es móvil, no será necesaria su desinstalación.

          Un saludo.

          Responder
  15. Buenos días,
    tengo mi barbacoa pegada a la valla medianera de mi jardín, mi vecino que también tiene la suya en la valla medianera a tres metros máximo mas lejos que la mía, a veces se queja de que le va todo el humo a su jardín, uso carbón que hace menos humo que la leña y la hago 3 – 4 veces al año, además el subió la valla 10cm por encima de mi barbacoa pero aun se queja
    Desde el primer día y antes de usarla no le gusto donde la he puesto, según él tenia que estar al lado de la suya, es mas según el la mía que esta detrás de una valla y tiene pared por detras le quema el césped artificial, cosa que en mi césped no pasa y eso que la boca de la chimenea da a mi cesped
    Yo cuando el o el vecino de detrás la hace, cierro ventanas un momento y ya esta, total el rato de humo pueden ser 10-15 minutos luego ya no hacen humo
    Puede obligarme a no usarla o a cambiarla de sitio??

    Responder
    • Perdón, la casa esta en la Provincia de Barcelona y no se si tiene importancia pero la valla que el ha puesto se pasa 15 centímetros de la altura permitida por el ayuntamiento, cosa de la que nunca me he quejado con tal de no escucharlo quejarse del humo, aunque no hay manera de hacerle entender que depende de la dirección del viento el humo ira a un vecino o otro, son jardines pequeños 70-80 metros cuadros, no tenemos tanta sitio para elegir
      gracias

      Responder
  16. Hola, tengo una parrilla a gas móvil colocada en una terraza privada que da hacia la calle. Es legal que en los estatutos de comunidad prohiban el uso en dicha configuración?

    Responder
    • Buenas tardes Cris,

      Antes de responderte, pedirte disculpas por la demora en la respuesta. En agosto no hemos tenido al equipo responsable al completo para responder a los usuarios/as.

      Decirte que necesitaríamos revisar el contenido de los estatutos para poder verificar tales limitaciones. Con carácter general, los estatutos comunitarios no suelen limitar tales usos.

      Un saludo.

      Responder
  17. Hola, muchísimas gracias por tu post, creo que aclaras dudas a muchas personas.

    Tengo una parrilla a gas en una terraza exterior que mira a la calle, la que ocupo una vez por semana. La persona de la última planta -vivo en la planta bajo a esta- se me ha amenazado con denunciarme a la policía por los olores con el conserje el edificio. El conserje ha hablado con el administrador del edificio quien comenta que no hay existe restricción en los estatutos, y que me tiene que autorizar mi arrendataria. En el contrato de arriendo no explicita nada respecto a no realizar barbacoas, y me comentas en otras respuestas, esto no se considera una “actividad nociva o insalubre, no puede prohibirse”.

    1) Existe una resolución judicial o similar que pueda compartir con el vecino para demostrar que estoy en mi legítimo derecho?
    2) Es posible que a través del administrador o presidenta se modifiquen los estatutos comunitarios para prohibir el uso de la barbacoa?
    3) Si el vecino decide escalar esto con el administrador, presidenta o policía. ¿Qué debería hacer?

    Responder
    • Buenos días Cris,

      Viendo tu caso, tienes toda la potestad y estás legitimada para poder hacer uso del elemento (parrilla). Indicarte que podríamos facilitarte documentación (sentencias judiciales) en tal sentido. Si quieres, podemos formalizar reunión en nuestro Despacho al objeto de asesorarte adecuadamente.

      Un saludo.

      Responder
  18. Buenos días,

    Vivo en una bajo con una terraza de unos 20m2, el otro día utilizamos una barbacoa de gas, y el presidente llamo directamente a la policía, sin previo aviso hacia nosotros por su parte. (lo veo bastante agresivo), la policía sinceramente al ver que era de gas, no supo que decir ya que no lo vieron peligroso, lo único que me dijo que pidiera el estatuto de la comunidad, dicho esto, consigo el estatuto, y solo veo la indicación de que no se pueden desarrollar actividades molestas, insalubres, nocivas peligrosas o ilícitas. y otro artículo el cual pone ( que no se puede ejercer ninguna profesión que con ella se produzcan ruidos, olores o que pudieran molestar a los vecinos)
    La pregunta es, puedo seguir haciendo uso de la barbacoa? o según lo comentado anteriormente, me quedaría prohibido?

    Gracias y un saludo

    Responder
    • Buenos días Didac,

      Atendiendo a tu consulta, trasladarte que tienes absoluta legitimación para continuar haciendo uso de la barbacoa.

      Un saludo.

      Responder
  19. Hola vivo en un bajo, y el vecino del bajo que tengo justo enfrente, que pertenece a otra comunidad hace frecuentes barbacoas , y yo asmático y el tema del humo de la barbacoa me perjudica especialmente.Le he dicho que deje de hacer barbacoas y se niega, he llamado a la policía y me dicen que no pueden hacer nada, que puedo hacer yo, para acabar con esta situación que empeora mi salud?

    Responder
    • Buenos días Toni,

      Lamentando la situación, decirte que el vecino tien absoluta legitimación para continuar haciendo uso de la barbacoa.

      Un saludo.

      Responder
  20. Hola. Tenemos una Barbacoa móvil en la terraza de nuestro piso, y el vecino de la finca de al lado llamó a la policía por utilizarla. He leído en este web que no pueden denunciarte. Pero en otro artículo he encontrado esto en API.CAT

    -Ley de Propiedad Horizontal (LPH). En primer lugar, las barbacoas suelen ser una actividad clasificada dentro del concepto “actividad molesta, insalubre o peligrosa” y su contenido está recogido el Art.7 de la LPH. Por tanto, pueden ser denunciadas por la comunidad, pueden infringir la normativa municipal o autonómica y además suelen estar prohibidas por las normas contra incendios, pues para hacer barbacoas se requiere cumplir una serie de requisitos legales que en algunos casos no se cumplen, pues estas barbacoas portátiles se instalan en lugares peligrosos para la Comunidad.

    Así lo recoge el Art. 7.2: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes. –

    Si viene de nuevo la policía tendría que pagar la multa, no sé, perdonar mi ignorancia, pero no entiendo nada, solo entiendo contradicciones.
    Gracias por todo!

    Responder
  21. Buenos dias,
    He comprado un bajo con terraza de 60m. En la última reunión de la comunidad se votó la prohibición de uso de barbacoas (de gas tambien), 2 votos en contra, 3 a favor y los demas abstenciones. Esta comunidad se rigue por la ley de propiedad horizontal. Comentar que nunca se ha echo barbacoas, se prohibió directamente mediante votación, por lo tanto, una votacion sin justificacion.
    És vàlida esta votacion/prohibición de hacer barbacoas en terraza privada?

    Gracias

    Responder
    • Buenas tardes Gemma,

      Hacerte llegar que el uso de barbacoas no es ilegal. En este sentido deberás proceder a impugnar la precitada acta comunitaria.

      Un saludo.

      Responder
  22. Buenas tardes,
    Mi consulta es, vivo en unos bajos y tengo un patio con una terraza de doble altura, es una construcción antigua y es como un patio interior. Tengo vecinos por los dos lados, pero uno de ellos tiene una pequeña terraza que da pared con pared y montaron una barbacoa con la salida hacia mi terraza, lo que hace que no pueda tender o hacer cualquier actividad en mi patio porque todo el humo va a parar allí y se acumula. Indico también que estos vecinos tiene una terraza grande y en parte final de las viviendas no hay otros vecinos que estén cerca.
    Puedo realizar alguna queja para solucionar el problema. Decir también que estos vecinos son bastante incívicos conmigo y con la vecina de mi bloque, lamentablemente no se puede dialogar con ellos.

    Responder
  23. Buenos días.
    Vivo en una comunidad de vecinos en una zona residencial en el que existen unos espacios comunes tales como la zona de juegos , la piscina……..También existe un espacio común en la cubierta del edificio relativamente grande donde se han ubicado las unidades exteriores de climatización. Cuando negociamos la compra de nuestra vivienda nos digeron que el promotor tenia previsto colocar una barbacoa, cosa que cuando se nos entrego las llaves, no fué asi. Tampoco estaba en los planos que se nos entregaron. En los estatutos, en su aticulo 11, se describe textualmente
    ” todas las viviendas y locales disponen de un espacio de uso comunitario en la cubierta del edificio que permite la instalación de las unidades exteriores de climatización y aerotérmia, asi como del conducto de paso para los tubos de aire acondicionado, prohibiendose expresamente la ubicación de dichos aparatos en zona visible desde la via publica. Así mismo, todas las viviendas disponen de un espacio de uso comunitario en la cubierta del edificio de tendedero”.

    Al respecto de las actividades que se pueden hacer o no en la cubierta, ya no existe nada más en los estatutos.

    La consulta es la siguiente.

    Si en ese espacio común de la cubierta , no hay nada explicito en el estatuto que prohiba la actividad de hacer de forma puntual una barbacoa de gas, minimizando cualquier riesgo por si hubiera ropa (que nunca hay, ni siquiera hay tendereros) y responsabilizando dejar en perfecto estado dicha zona, algún vecino me lo podria impedir?

    Muchas gracias

    Responder
    • Buenos días Jaume,

      Atendiendo a tu consulta, trasladarte que las actividades que se desarrollan en las zonas comunes deben estar permitidas y aprobarse por la junta de vecinos.

      Un saludo.

      Responder
  24. Buenas tardes,
    Vivi en un ático. Tenemos una terraza de 40 metros cuadrados arriba y es para utilizarla unicamente nosotros. Queriamos instalar una barbacoa de carbón y leña. Es de bloques de cemento. Los estatutos de la comunidad no hablan sobre las barbacoas. Nosotros hemos pedido permiso a la presidenta. Nos ha dado el si.
    Podríamos col·locar la?
    El Apartamento se encuentra en el Vendrell.
    Saludos.

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    • Buenos días Inma,

      Atendiendo a tu consulta, indicarte que si la comunidad es comunitaria de uso privativo, la instalación no será posible al tratarse de obra. Sí que podrá instalar una desinstalable.

      Un saludo.

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  25. Buenas noches.
    Vivo en una casa unifamiliar, al lado tengo un bloque de pisos y al otro otra casa.
    Tengo la barbacoa de obra hecha antes que existiera ese bloque de pisos, y unos vecinos de ese bloque, se quejan que le entra el humo.
    Que llamará a la policía etc etc.
    He mirado en las ordenanzas y reglamentos de mi ayuntamiento y no hace referencia en ningún sitio el tema barbacoas.
    Qué me van a decir?
    Vivo en un pueblo de girona.
    Muchas gracias

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  26. Hola! Vivo en un ático com una pequeña terraza en Barcelona y recientemente nos han regalado una barbacoa portátil de carbón. Estoy un poco confusa acerca de si la podemos utilitzar sin miedo a que nos multen, he leido cosas dispares en varias páginas web. Deberiamos consultar los estatutos de la Comunidad para averiguar que explícitamente no conste como prohibido su uso? O podemos usarla librememte?
    Gracias

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  27. Hola muy buenas tardes, primeramente agradecer a la página y a vosotros por ayudarnos a resolver nuestras dudas.
    Mi pregunta es vivo en una casa unifamiliar número 12, al lado tengo de vecino con casa unifamiliar num 10 y al otro costado tengo de vecinos dos bloques de pisos núm 14 y número 16. Soy una persona que por trabajo no tengo mucho tiempo para hacer vida social y para las pocas veces que puedo realizo una barbacoa ( con suerte serán dos veces al mes como muchoooo y a veces nada) y una vecina del bloque número 16 me amenazó con llamar a la policía ,etc etc por las molestias que supuestamente causó (por el humo no hago fiestas solo comer carne que es lo que me gusta y lo hago en modo familiar) , como bn digo vivo en una unifamiliar con patio la barbacoa la realizó en el patio rodeado de tres paredes mi pregunta es tengo alguna prohibición? Vivo en Barcelona castelldefels.

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    • Buenos días Juan,

      Atendiendo a tu consulta, decirte que a priori puedes hacer uso de la barbacoa libremente. No tienes de qué preocuparse.

      Saludos.

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