Animales en una comunidad de propietarios

¿Se pueden llegar a prohibir los animales en una comunidad de propietarios? La convivencia entre mascotas y vecinos suele deparar conflictos que se generan como consecuencia de los ruidos, olores, suciedades  o daños que puedan producir éstos. Animales en una comunidad de propietarios están, por supuesto, permitidos, pero existe una normativa para garantizar la convivencia con mascotas en el seno de las relaciones vecinales.

La cifra lo dice todo: el 40% de los hogares españoles acogen al menos una mascota en su seno. En total, más de 22 millones a día de hoy cohabitando con sus dueños/familia (datos de Anfaac) . Ello nos puede dar una idea de la cantidad de avatares de todo tipo que se dan durante la convivencia en un entorno compartido como es una comunidad de propietarios.

Limitaciones de los animales en las comunidades

La libertad de acción que tienen los animales en una comunidad de propietarios viene recogida y acotada en los estatutos comunitarios. Cualquier persona perteneciente a la comunidad que acoja una o varias mascotas ha de cumplir las normas de conducta estipuladas. De lo contrario, podría optarse por la vía judicial para dirimir la disputa a través de una acción de cesación.

Régimen de alquiler

En el supuesto de tratarse de una vivienda alquilada, arrendador y arrendatario tienen la facultad de incorporar en el contrato de arrendamiento una serie de obligaciones para los animales en una comunidad de propietarios. De hecho, el arrendador puede directamente prohibir la tenencia de mascotas si así lo considera.

En caso de incumplimiento, dicho arrendador estará facultado para la rescisión contractual del acuerdo. Además, éste estará legitimado para resolver el contrato “cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Todo ello en virtud del artículo 27 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Estatutos de la comunidad: la ley para las mascotas

En cuanto a la prohibición de tenencia animal respecto de aquellos vecinos propietarios, la ley estipula la posibilidad de regularizar la convivencia vecinal mediante las normas interiores recogidas en los estatutos comunitarios. En concreto, es posible recogerse en los estatutos de la comunidad la limitación de las actividades que los animales pueden realizar en las viviendas privativas.

Asimismo, se prohíbe con carácter expreso a los propietarios y terceros ocupantes (arrendatarios) el desarrollo en la vivienda de actividades contrarias a la convivencia normal en la comunidad. Recordamos que el contenido de los mencionados estatutos ha de ser aprobado por mayoría.

Acciones molestas de los animales en una comunidad de propietarios

Todos/as podemos pensar en esas acciones que si los animales de nuestra comunidad de vecinos hacen, nos van a molestar de sobremanera. Hablamos de suciedad, ruidos, olores, agresividad… En definitiva, de incivismo proveniente del propietario/a.

La mayoría, si no todas, deben ser recogidas por los estatutos de la comunidad o por ordenanzas municipales:

  • Excrementos sin recoger de las zonas comunes del entorno comunitario compartido.
  • Civismo: se deben definir qué acciones los animales en una comunidad de propietarios pueden o no pueden hacer.
  • Seguridad y agresividad: especificar si deben ir siempre atados y controlados por sus dueños, y aquellos de raza agresiva, con bozal obligatorio, y el resto de razas, si se vota en junta y hay mayoría de votos, también.
  • Ruidos: la contaminación acústica proveniente de los animales en una comunidad de propietarios está ligada a unos niveles preestablecidos. Ya ahondamos sobre límite de decibelios en nuestro blog.
  • Animales exóticos: estar en posesión de este tipo de animales va indisolublemente asociado a cumplir con normativas a nivel nacional, autonómico e internacional, pero son perfectamente compatibles con una normal convivencia en comunidad.

Qué dice la Ley sobre los animales en una comunidad de propietarios

Nos remitimos a los artículos 553-11 y 553-40 de la Ley 5/2015, de 13 de mayo, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales:

“Artículo 553-11. Estatutos.

  1. Son válidas las siguientes cláusulas estatutarias, entre otras:
  2. e) Las que limitan las actividades que pueden realizarse en los elementos privativos.

Artículo 553-40. Prohibiciones y restricciones de uso de los elementos privativos y comunes.

  1. Los propietarios y los ocupantes no pueden hacer en los elementos privativos, ni en el resto del inmueble, actividades contrarias a la convivencia normal en la comunidad o que dañen o hagan peligrar el inmueble. Tampoco pueden llevar a cabo las actividades que los estatutos, la normativa urbanística o la ley excluyen o prohíben de forma expresa.”

Conclusiones

Dentro de unos estándares de conducta, la convivencia con animales en una comunidad de propietarios está abiertamente permitida. Incluso se puede vivir con varios ejemplares en la misma vivienda, siempre y cuando se respete la normativa local o autonómica sobre el número total de animales y las condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar.

Ahora bien, son los estatutos comunitarios los que marcarán las directrices internas en cada comunidad de propietarios. Si cualquier vecino observa alguna irregularidad respecto a la normativa estipulada en los estatutos, podrá pedir una Junta Extraordinaria de vecinos para abordar la situación y solucionarla.

Dudas y/asesoramiento respecto a la tenencia de animales en comunidades de propietarios, contactar con nosotros gratuitamente vía online y sin compromiso.

58 comentarios en «Animales en una comunidad de propietarios»

  1. Tengo un vecino que dice que mi perro ladra todo el día cosa que dudo xq él trabaja y no está en casa x la mañana osea que ya no es todo el día xq por la mañana no lo puede oír y a parte mis perros no están solos todo el día ..sí que ladran xq mentiría si dijese lo contrario pero es cuando llegamos a casa o cuando alguien pica al interfono o cuando oyen a otro perro ladrar.Lo expusieron en la reunión de vecinos a la cual no pude asistir y la administradora me llamo diciéndome que si no cesan los ladridos continuos tomaran medidas legales .Mi pregunta es cómo demuestran k ladran todo el día o como demuestro que es mentira y que consecuencias me puede traer k tomen medidas legales? Gracias por xontestae

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  2. Hola buenas tardes,

    en mi comunidad de vecinos, hay un piso que ha sido ocupado y tienen un perro, que antes se podia catalogar como PPP. Lo llevan sin bozal y ha intentado morder a un niño pequeño. La policia dice, basicamente que hasta que no pase nada, es decir no muerda, no pueden actuar.
    ¿Podemos hacer algo? Los vecinos con hijos estan muy preocupados.

    Muchas gracias.

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    • Buenos días Jessica,

      Comentarte que efectivamente si no hace nada, no podremos actuar. No obstante, te recomendamos contactar con alguna protectora al objeto de denunciar esta situación.

      Un saludo.

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    • Buenos días Francisco,

      Atendiendo a la consulta que nos planteas, te trasladamos que será necesario revisar los estatutos comunitarios. No obstante, con carácter general sí se permite la libertad de los animales. Dicho esto, siempre hay matices atendiendo a la normativa interna.

      Un saludo.

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  3. en mi comunidad todo el mundo pasa de problemas yo poseo un chigua gua vivo en bjs 1 la secretaria con los cuales yo personalmente nos llevamos a matar ellos tienen un pastor alemán abecés cuando lo lleva el va atado pero sin bozal , ella todas las mañanas a las 8 sale de su casa con el perro sin bozal y lo entra en el ascensor para dirigirse al parquin
    el pastor alemán ya se han ladrado varias veces si lo enganchara seria un peluche en su boca, yo entonces mataría al pastor alemán con el follón correspondiente, pienso que debería llevar bozal ,tendría que salir de ellos, pero como le e comentado el resto de vecinos somos8 cada uno vive en su casa y pasan de todo.
    E de esperar, hay alguna manera de adelantarse a cualquier descuido

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    • Buenos días Marcos,

      Viendo lo que nos comentas, te recomendamos la mediación. Es decir, contactar con el presidente y administrador y trasladarle tal situación para intentar alcanzar un acuerdo satisfactorio para ambas partes.

      Un saludo.

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    • Buenas tardes,
      Soy propietaria de un apartamento en una comunidad en cuyos estatutos aprobaron (antes de yo comprar la propiedad) que los inquilinos NO pueden tener mascotas. Mi inquilina tiene un gato que, a veces se deja caer en las jardineras de MI TERRAZA. Dicha comunidad de vecinos es tan demencial que un supuesto propietario ha hecho una foto del gato y la ha mandado al grupo de whatsapp alarmando de que hay un gato que no tiene dueño y que a ver si va a defecar por las zonas comunes. Cuando he intervenido me comentan que los inquilinos segun los estatutos de la comunidad no pueden tener mascotas. Han sido varias las veces que algunos propietarios de esta comunidad disuaden a posibles inquilinos de otros propietarios que vendrían perro o gato, para que no alquilen, alegando esta supuesta normativa comunitaria de la que, por cierto, a mi no se me ha informado ni se me ha hecho llegar al comprar la vivienda. Varias preguntas al respecto:
      -¿Es lícita una normativa así? Imagino que tendrán que especificar que se refieren a la no tenencia de mascostas en zonas comunes, correcto? Porque en el interior de una vivienda, según la LPH tanto propietario como inquilino puede tener hasta 5 mascotas según he leído.
      -¿Qué recorrido tendría interponer una demanda a la comunidad o a los propietarios de la misma que están fomentando esta campaña de desinformación y anteponiendo sus antojos, disfrazándolos de supuestos requierimientos/normativas, al código penal y la LPH?
      Gracias de antemano

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      • Buenos días Estefanía,

        Viendo lo que nos comentas, decirte que en una comunidad de propietarios NO se puede prohibir la tenencia de mascotas. En cuanto a la eventual demanda judicial, no es viable. Lo que recomendamos es que permitas la tenencia de animales.

        Un saludo.

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  4. Buenas tardes.
    Soy propietario de una vivienda y tengo un perro de raza ppp. En los estatutos de la comunidad no limitan de ninguna forma la tenencia de mascotas.
    La conducta de mi perro es correcta y absolutamente siempre lleva bozal y correa. No hay ningún problema de higiene con los vecinos.
    Aún así, debido al miedo que les generan los perros grandes, varios vecinos están planteando la posibilidad de privar a las mascotas del uso del ascensor.
    Sería posible que se limitase el uso del ascensor sin que puedan alegar ningún motivo legal o de convivencia más que el miedo.
    Muchas gracias por la ayuda, un cordial saludo.

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    • Buenas tardes Ignacio,

      Decirte que no pueden prohibirlo si no hay justificación alguna. En este caso, estaríamos legitimados para impugnar el acta comunitaria.

      Un saludo.

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  5. Buenas noches. Mi vecino alquilado tiene desde hace semanas un taco y se tira todo el día cantando y chillando. Se oye en toda mi casa y también en el pasillo. ¿ Se puede obligar a que cese o a que no lo tenga?

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    • Buenos días Antonio,

      Deberás tratar el tema con el presidente de la comunidad con el objetivo de mediar entre las partes y llegar a un entendimiento. Pero no se puede “obligar” al usuario a que tenga o no tenga un animal doméstico en el hogar.

      Un saludo.

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  6. Buenas tardes.
    Tengo tres perros que van atados y uno de ellos con bozal.
    En la comunidad de vecinos donde vivo, lógicamente hay normas una de ellas es: Los perros tienen que subir y bajar por el montacargas con los dueños.
    En su día no hubo una mayoría absoluta,para poder aplicar dicha norma.
    Uno de mis vecinos que es propietario,y tiene perros,me informó que para que se cumpliese esa norma,tiene que haber una mayoría Absoluta,que NO LA HAY.
    Actualmente,veo que otros vecinos con perros,utilizan los ascensores normales,para subir y bajar con sus perros,pero sólo hay quejas conmigo.
    He sido testigo en varias ocasiones,N las que el conserje de dicha comunidad,ha visto,y ha dado el visto bueno,sobre dichas acciones,pero cuando lo hago yo,se me insulta,me gritan,llegando incluso a abalanzarse sobre mi,dicho conserje,incluyó a algunos vecinos.
    Todos ellos, están viendo cómo hombres y mujeres,suben y bajan con sus perros por los ascensores normales,y NO utilizan el montacargas.
    Para estas personas,no hay el trato que se me está dando a mí.
    Podría tomar medidas legales contra estas personas?
    Puede la comunidad obligarme a cumplir dicha norma, cuando en su día no hubo mayoría absoluta?
    Gracias y saludos.

    Responder
    • Buenos días Beatriz,

      Viendo tu consulta, decirte que siempre y cuando los perros no molesten, su tenencia es absolutamente legal. Por consiguiente, debes quedarte tranquila.

      Un saludo.

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  7. Buenos días!

    Mi hijo alquilo un piso y el propietario le dejo tener a su perro, luego la comunidad de vecinos le dijo que en los estatutos, estaban prohibidos los animales. Que puede hacer al respecto.
    Gracias
    Saludos

    Responder
    • Buenos días Inés,

      Tener una mascota es legal. Por consiguiente, nadie puede prohibirlo. Ni la propia comunidad de propietarios.

      Un saludo.

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      • Hola en nuestra comunidad está prohibido cualquier tipo d animal pone incluso en el interior d las viviendas,quisiera tener un perrito,pero me da miedo ,por esta normativa interna..

        Responder
      • Buenas, mi perra ladra cuando se abre la puerta del ascensor a los vecinos, pero no hace nada más. Nunca se ha salido del ascensor, ni ha atacado de ninguna manera a nadie.
        Una vecina que tiene un perro (que también ladra, pero es más pequeño), quiere hacer que mi perra tenga la obligación de llevar bozal en el edificio. ¿Podría conseguir obligarnos a ponerle bozal a nuestra perra?
        Muchas gracias!

        Responder
        • Buenos días Marisa,

          Comentarte que tu perra no tiene que llevar bozal y nadie puede obligarle, siempre y cuando no se trate de una raza potencialmente peligrosa.

          Un saludo.

          Responder
  8. Buenos días, tengo un perro catalogado como PPP y tengo una vecina empeñada en que dentro de la comunidad vaya con bozal, amenaza con denunciarme, puede hacerlo?? Le pongo el bozal cuando salgo a la calle pero al salir de mi vivienda y utilizar el ascensor no lo lleva, gracias de antemano

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  9. En mi cimmunidad esta prohibido que entren los animales a la zona de piscina y zona de cesped que estan debidamente acotados, la piscina por valla y la zona de cesped es obvio. pero todo el perimetro es zona comunitaria de paso y de porches de uso comun. Podria un perro pasar por las zonas comunitarias que no son ni jardin ni piscina ?

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  10. En mi comunidad hay una zona cercada con una valla baja y puerta baja de entrada a la misma
    Una vecina ha dicho que mi perra de 3 kg no puede entrar y van a poner un candado cuya llave solo tendrá el jardinero.
    Llevo a la perra una vez ha hecho fuera en un descampado sus necesidades por lo que en dicha zona ajardinada simplemente es feliz revolcándose en el césped fresquito
    No tenemos estatutos y en las normas de la comunidad no se dice nada de este elemento común
    ¿Qué puedo hacer para impedir que me prohiban el acceso?
    Hay algún artículo en la Ley de mascotas o de propiedad o jurisprudencia que prohíban o elimine la prohibición impuesta
    La zona ajardinada no es un sitio de paso sino que para estar allí, debes entrar adrede.
    Gracias
    Saludos
    Victoria

    Responder
  11. Tengo dos pastores alemanes no tienen los tres años y están castrados la comunidad me acusa de que se orina en la escalera cuando yo los bajo en el ascensor. Ladran muy puntual mente me están diciendo que como son muy grandes no los baje juntos primero uno y después el otro están adiestrados los dos no son agresivos me pueden denunciar por eso y me puden obligar a bajarlos por separado llevan puesto su bozal. Gracias

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  12. Tengo un bicho maltes de 3,500g, mi vecino del piso de abajo empezó a quejarse de que me oía andar por la casa, lógicamente no puedo moverme si no es así, ahora se queja que el perro ladra, y es verdad que lo hace cuando cuando llaman a la puerta o hay personas en el descansillo, lo hace para avisar ya que mi marido es sordo total, este señor parece que no lo entiende, y el domingo llamo a la policía y me pusieron una multa porque midió el ladrido detrás de mi puerta, no se si llamaría, he recurrido la multa y no se que mas puedo hacer o donde me tengo que dirigir para que me aconsejen que puedo hacer, ya que me esta creando ansiedad y subidas de azúcar, somos dos personas en casa de mas de 70 año, un saludo, gracias

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  13. El vecino de abajo se queja de los ladridos de mi perro, el nos avisa si llaman a la puerta, ya que mi marido está totalmente sordo, de todas formas se queja por todo, que hacemos ruido, que andamos por la casa etc… parece que es muy delicado con el ruido y a la hora de dormir, pero vive en una comunidad y todos hacemos ruido incluido el, me ha denunciado, cogIendo el ladrido del perro, desde el otro lado de la puerta en mi descansillo, ya no se que hacer ni donde acudir para defenderme, gracias.

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  14. Buenas tardes. Soy propietario de una vivienda en la primera planta de un edificio la cual tengo alquilada y ya hacen tiempo mis inquilinos me trasmiten las molestias que esta ocasionando un perro de raza ppp que tiene el vecino del tercer y último piso atado día y noche en el descansillo de la escalera lógicamente sin bozal pues en el mismo descansillo Le tiene puesta la comida y el agua. Ellos también están de alquiler cuando lo bajan a la calle si lo bajan con bozal pero cuando esta en el descansillo que es día y noche y se van a trabajar o a hacer sus cosas el perro queda atado a la barandilla del descansillo cagando y meando en el mismo con los olores que eso acarrea.
    Por otro lado mis inquilinos tienen miedo que un día que ya pasó varias veces el perro se suelte de la correa y pueda atacar a algún vecino.
    La señora que viene a limpiar la escalera cuando el perro está hay que es casi siempre lógicamente no puede pasar del segundo piso a limpiar porque el perro se vuelve loco a ladrar y a tirar de la correa podiendo soltarse y atacarla.
    Como podría actuar para solucionar esta situación?
    Ya hable con el propietario varias veces y el habla con el inquilino pero no hacen caso ninguno.

    Responder
    • Buenas tardes Darío,

      Siempre y cuando se adecúe a la normativa, el resto de la comunidad deberá soportar tal situación. Recomiendo denunciarlo ante una protectora de animales.

      Un saludo.

      Responder
  15. Hola ante todo dar la gracias porque veo que respondeis todas las cuestiones y es de agradecer.
    Tengo un problema dimos una galga en adopcion hace mas de un año a una señora de 65 años jubilada pero muy buen estado.
    Ella vive de alquiler alli desde hace 2.5 años y en su contrato no se prohibio jamas el poder tener perro, y siempre ha tenido perro.
    Pues ahora resulta que teniendo solo esta galguita con 13 años y esta mujer 65 años le ha venido la presidenta diciendo que no puede hacer uso del ascensor, los galgos son muy dociles, no sueltan pelo y no ensucia en este caso el ascensor.
    Le han dicho que despues de la ultima reunion de vecinos han decidido que si quiere subir y bajar a la perra ha de ser por las escaleras, la perrita si puede bajar por las escaleras pero subir no pues ya tiene una edad y una posible arritmia, en pocas palabras que o sube la perra de 27kg la mujer en brazos o la perra no sube. QUE LE PROHIBEN EL USO DEL ASCENSOR.
    Por lo que sabemos es los estatutos no hay nada que contemple esta prohibicion, pero le han dicho que despues de una reunion de vecinos se ha decidido el no uso del ascensor por parte de los perros. Que son las nuevas normas y hay que acatarlas, el propietario a lo mejor no sabe nada y probablemente no fuera a la reunion o no sabemos ni siquiera si esto esta en un acta.
    Despues de tanto tiempo pudiendo usar el ascensor ahora pueden hacer esto ??

    Hablamos de una señora 65 años que su unica compañia es una galga de 13 años, me parece un poco cruel todo, sabemos que por tema de higiene, ladridos etc etc no puede ser seguro

    Gracias

    Responder
    • Buenas tardes Pedro,

      Para poder responderte adecuadamente, deberíamos analizar los estatutos comunitarios. Será donde se especifique la posibilidad o no de tener animales de compañía, y otras directrices al respecto. Si no hay directriz que prohíba ese uso del ascensor, podría caber la posibilidad de impugnar el acta de la junta.

      Un saludo.

      Responder
  16. Hola en nuestra comunidad está prohibido cualquier tipo d animal pone incluso en el interior d las viviendas,quisiera tener un perrito,pero me da miedo ,por esta normativa interna..

    Responder
      • La normativa fué aprobada hace años en una asamblea nosotros aún no vivíamos aquí,y lo q pone es q no se permite ningún tipo de animal no dentro de las viviendas ,ni perro ni gato ,ect..además con la nueva ley d bienestar animal ,los van a permitir en edificios públicos y algunos comercios y hostelería,lo pueden prohibir en tu propia casa?

        Responder
  17. Vivo en un pueblo y hay una casa al lado donde tienen un bajo en el cual esta lleno de jaulas apiladas por pisos con pajaros, hay por lo menos unos 20 o incluso diria que más, ha montado pisos de jaulas en unas detrás de otra y tiene unos cuatro pisos, ya digo que creo que hay mas de 30 incluso.
    Por las mañanas abre la persiana pronto y claro durante el dia se les oye cantar, no se si se trata de estos que transportan en jaulas tapadas para concursos o qué, pero no creo que sea muy normal, incluso una noche tuvimos un susto con una serpiente que debio acudir al olor por la noche y la mataron entre los dos ancianos con unos bastones, la verdad que fue algo fuerte.
    Quisiera saber si es legal ya que una señora me dijo que no y no se donde buscar información al respecto.

    Responder
    • Buenos días Virginia,

      Hacerte llegar que, a priori, la actuación realizada por el vecino es lícita. No obstante, te recomendamoso ponerlo en conocimiento de la presidencia al objeto de mediar con dicho vecino.

      Un saludo.

      Responder
  18. Buenas,
    En mi comunidad un vecino tiene un perro, es bueno (un labrador), cuando lo saca de su piso lo hace sin cadena y el perro baja rápido y super excitado ladrando (sale a la calle), mis hijos tienen miedo a los perros.
    Mas de una vez hemos coincidido en el portal y no es agradable.
    Nuestra comunidad no refleja nada sobre animales domésticos en los estatutos, le he dicho varias veces que lleve el perro atado… no hace ni caso. En el ayuntamiento solo hay ordenanza municipal sobre perros peligrosos.
    Que puedo hacer?

    Responder
  19. Buenas tardes,
    Vivo en una buhardilla en una corrala y tengo una vecina que deja una ventana abierta para que su gato entre y salga a su antojo (está el 90 % del día por el tejado). El problema es que mis ventanas dan al tejado y no puedo abrir tranquilamente para ventilar porque el gato entra, se esconde en recobecos y se mea (hoy sin ir más lejos se ha meado sobre la cama, el sofá, y debajo de unos sillones). A la dueña le da completamente igual y se niega a mantenerlo encerrado en su casa. Qué puedo hacer?
    Muchas gracias

    Responder
    • Buenos días María,

      Comentarte que lo mejor que puedes hacer es contactar con una protectora de animales y exponer la situación. Ellos tomarán medidas al respecto. Por la vía judicial, no hay procedimientos habilitados.

      Un saludo.

      Responder
  20. Hola, vivo en una comunidad y tengo un gato que se mea en la terraza de la vecina. Al momento no hay daño alguno porque el sofa esta siempre protegido con una tela, pero no puede disfrutar de la terraza porque le toca cada vez quitar la tela, lavar y luego ponerla en cima del sofa. Pregunto si me puede denunciar por daños a la propiedad y perjuicios en caso que se dañe el sofa o cualquier otra parte de la casa por las meadas? Riesgo algún otro tipo de denuncia? No puedo cerrar el gato en la casa porque gritaría toda la noche, despertando a mí y a todos los vecinos. Muchas gracias.

    Responder
      • Buenas tardes,

        Investigando sobre este tema me llama la atención su respuesta. ¿Puede indicarme en base a que ley/reglamento lo dice?
        Tengo el mismo problema de un gato que entra en mi jardin y voy a solicitar al ayuntamiento el poner una jaula trampa para el gato y así poder identificar su propietario y solicitar una penalización. Por eso me hace dudar su respuesta.

        ¿Un perro puede ir al jardin del vecino y hacer lo que quiera?

        Saludos,
        Alvaro

        Responder
        • Buenas tardes Álvaro,

          Efectivamente, aclaramos nuestra respuesta. El animal tiene libertad de movimiento en su piso. Lo que no puede hacer es invadir otros pisos que son privados.

          Denunciar lo podrá hacer si tiene pruebas (grabaciones).

          Saludos.

          Responder
  21. hola a quien le interese vivo en barcelona vivo en un piso de acojida vivo con mi hija y un menor la situaciones la siguiente soy arrendataria cuando me pase a este piso no teniamos perro hace tres años no lo regalaron y nuestro perro es criado con mis hijos y mi persona pues desde el mes de enero tengo un vecino propietario que desde el principio le tiene fobia y es razista el señor ya de edad vive en el segundo piso y no se en que le afecta nuestro perro ya que estamos en un quinto real pues me mando la guardia urbana segun el perro de nosotros estaba ladrando y era el perro de al lado de el no se quejan este señor pues esto le llego la informacion a habitat 3 que son pisos de proteccion social y mi referente me dijo que no podiamos tener perro y que le buscaramos otro hogar a nuestra mascota y nos chantageo que la vivienda o el perro como si se tratara de un objeto ne cesito ayuda urgente para solucionar este problema o encontrarle un hogar a nuestro perro mis hijos quedaran destrozados mas el menor lo unico que se es que en esta sociedad hay gente muy mala y quiero saber cuales son los derechos para nuestro perro ya nos estan presionando de esta fundacion tenemos un mes para salir de nuestra mascota gracias

    Responder
    • Buenos días María Mercedes,

      Decirte que para poder darte respuesta, deberíamos poder revisar y analizar los estatutos comunitarios de la comunidad.

      Un saludo.

      Responder

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